Defendemos a trabajadoras y trabajadores ante los tribunales laborales de Antofagasta y el norte de Chile.
Desde la primera consulta hasta el cobro efectivo de la sentencia.
Despido sin causa legal o con causal mal invocada. Cobro de indemnizaciones y recargos.
Arts. 168 y 172 CTEl empleador incumple y tú pones término al contrato, con derecho a indemnización y recargo.
Art. 171 CTCon cotizaciones impagas al despedirte, el empleador debe seguir pagando tus remuneraciones.
Art. 162 CTVulneración de la dignidad, la intimidad o la no discriminación, durante el trabajo o al despedirte.
Arts. 485 a 489 CTDenuncia, acompañamiento en la investigación y acciones judiciales si no te protegen.
Ley N° 21.643Indemnización cuando el empleador no adoptó las medidas para proteger tu vida y salud.
Art. 184 CT · Ley N° 16.744Horas extras, semana corrida, gratificaciones y feriados que no te pagaron.
Arts. 22 y ss. CTCobro de sentencias y finiquitos impagos: embargos y retención de devolución de impuestos.
Arts. 464 a 473 CTTambién tramitamos subcontratación y único empleador, declaración de existencia de la relación laboral, finiquitos y renuncias viciadas y procedimiento monitorio.
Sabes desde el primer día qué se va a hacer y qué esperar de tu causa.
Revisamos contrato, liquidaciones, carta de despido, finiquito y cotizaciones. Te decimos con franqueza qué acciones proceden y cuáles no.
Redactamos y presentamos la demanda ante el tribunal competente, dentro del plazo legal y con todas las acciones que correspondan.
Preparamos la prueba documental, testimonial y los oficios. Te representamos en la audiencia preparatoria y en el juicio.
Ganar no basta. Llevamos el cumplimiento de la sentencia hasta que el dinero esté efectivamente en tus manos.
La mayoría de las acciones tiene un plazo breve y fatal. Estos son los principales.
Orientación general: los plazos admiten suspensión y varían según los hechos. Si el tuyo está por vencer, conversa con nosotros antes que después.
Protección Laboral es un estudio jurídico de Antofagasta dedicado exclusivamente al derecho del trabajo, desde la vereda del trabajador. No representamos empleadores en juicios laborales, y esa decisión no es un detalle: define cómo se prepara cada causa y con quién se negocia.
Litigamos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta y los tribunales de Calama, Tocopilla y Mejillones, con tramitación electrónica: puedes seguir tu causa en línea y te informamos cada resolución relevante.
Un juicio laboral no se gana con adjetivos: se gana con plazos cumplidos, prueba bien ofrecida y una sentencia que después efectivamente se cobra.
Por regla general, sesenta días hábiles contados desde la separación para reclamar el despido injustificado. Ese plazo se suspende si presentas un reclamo ante la Inspección del Trabajo, pero aun así no puede recurrirse pasados noventa días hábiles. Como el cómputo depende de los hechos de cada caso, lo prudente es consultar apenas ocurre el despido.
Depende. El finiquito firmado y ratificado ante ministro de fe tiene poder liberatorio respecto de lo que consta en él, pero no cubre lo que se excluyó, lo que se reservó expresamente, ni las cotizaciones previsionales impagas. También puede impugnarse cuando se firmó bajo presión o con vicios del consentimiento. Hay que leer el documento antes de responder.
Si al momento del despido las cotizaciones previsionales no estaban íntegramente pagadas, el despido no produce el efecto de poner término al contrato. El empleador queda obligado a pagar tus remuneraciones y demás prestaciones hasta que convalide el despido pagando lo adeudado y te lo acredite. Es lo que se conoce como nulidad del despido o Ley Bustos.
Sí. El contrato de trabajo es consensual: existe desde que hay prestación de servicios personales bajo subordinación y dependencia a cambio de una remuneración, con o sin papel firmado. Más aún, la falta de escrituración hace presumir legalmente que son estipulaciones del contrato las que declare el trabajador. Lo que se necesita es prueba de que efectivamente trabajaste ahí.
La primera consulta es gratuita y sin compromiso. En ella revisamos tus antecedentes y te explicamos con claridad qué acciones proceden, qué se puede pedir, cuánto puede demorar y cuáles serían los honorarios y gastos si decides seguir adelante. Nada se presenta sin que sepas exactamente en qué términos.
Se inicia el cumplimiento de la sentencia ante el tribunal de cobranza laboral y previsional: se liquida el crédito, se traban embargos, se solicita la retención de la devolución de impuestos en Tesorería y se persiguen los bienes del deudor hasta obtener el pago. Esta etapa es parte del trabajo del estudio, no un servicio aparte.
Desde la Ley Karin el empleador está obligado a contar con un procedimiento de investigación y a adoptar medidas de resguardo mientras investiga. Puedes denunciar ante tu empleador o directamente ante la Inspección del Trabajo. Te acompañamos en la denuncia, revisamos que la investigación cumpla la ley y, si corresponde, ejercemos las acciones judiciales del caso.
Revisamos tus antecedentes y te decimos con franqueza si tienes un caso, sin costo y sin compromiso.
La primera consulta es gratuita: es para escucharte y decirte con honestidad si tienes un caso. Elige el medio que te acomode.